Esta web utiliza cookies propias y de terceros para analizar y mejorar su experiencia de navegación. Al continuar navegando, entendemos que acepta su uso. Más información Cerrar

Facebook Twitter Contacto
 
Contacto ICA Ferrol

HEMEROTECA

Sección: NOTICIAS | Fecha: 14/03/2022

Circular Nº 37/2022 Acuerdo del TSJ de Galicia modificando las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal

 Acuerdo del TSJ de Galicia modificando las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal

 CIRCULAR Nº 37/2022

ACUERDO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA MODIFICANDO LAS NORMAS DE REPARTO DE LA SALA DE LO CIVIL Y PENAL

Estimados/as colegiados/as: Compartimos, por considerarlo de interés para vosotros, el Acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en sesión de fecha 28 de enero de 2022, por el que se aprueba la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal del referido tribunal, del siguiente tenor:

Normas de reparto de la Sala Civil y Penal del T.S.J. de Galicia.

Asuntos civiles. Sin perjuicio de su registro general correlativo, se establecen los siguientes turnos de reparto de ponencias:

Las ponencias en estas materias se turnarán entre los Ilmos. Sres. Magistrados titulares integrantes de esta Sala, por orden de antigüedad. El Excmo. Sr. Presidente de la Sala y Presidente del T.S.J.G. asume en el orden civil el mismo turno que el resto de los magistrados en los turnos de ponencias referidas a los apartados A, B y C. Quedará liberado de las ponencias correspondientes a los asuntos de las materias referidas a los apartados D, E y F.

En los supuestos de vacante o enfermedad del magistrado/a ponente, el asunto se asignará al magistrado siguiente en el turno, y así consecutivamente, hasta la cobertura de la plaza o reincorporación del titular.

Asuntos penales. Se establecen los siguientes turnos de ponencias e instrucciones, de los que estará liberado parcialmente el Excmo. Sr. Presidente de esta Sala y Presidente del T.S.J.G.:

A) Ponencias:

B) Sumarios e Instrucciones:

C) No estará liberado, el Excmo. Sr. Presidente, de los turnos de ponencias penales, concernientes a los Recursos de Apelación Ordinarios, que sean competencia de esta Sala. Estableciéndose al respecto dos turnos:

D) Disposiciones Adicionales:

 

COLEGIADOS

© Ilustre Colexio de Avogados de Ferrol 2015 - Aviso Legal - Política de Privacidad - Política de Cookies