HEMEROTECA
Supresión de las tasas judiciales para las personas físicas
SUPRESION DE LAS TASAS JUDICIALES PARA LAS PERSONAS FÍSICAS en todos los órdenes judiciales y en todas las instancias. En vigor desde el lunes día 2 de marzo.
Publicado en el Boletín Oficial del Estado del sábado 28 de febrero, el Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
En el capítulo III, dedicado a “Medidas en el ámbito de la Administración de Justicia” - art 11- se modifica la Ley 10 / 2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, eximiéndose a las personas físicas del pago de las tasas en todos los órdenes e instancias.
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