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HEMEROTECA

Sección: NOTICIAS | Fecha: 07/11/2018

Circular nº 62/2018 Derivaciones al Servicio de Mediación Intrajudicial Familiar

Estimados/as colegiados/as:

El Servicio de Mediación Intrajudicial del Colegio ha mantenido una reunión con el Juez y la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Familia (Primera Instancia 6 de Ferrol) y han puesto en nuestro conocimiento que, a partir de ahora, todos los asuntos contenciosos que entren en dicho Juzgado serán derivados al Servicio de Mediación Familiar Intrajudicial.

El Juzgado manifiesta que la mediación es el método idóneo para resolver los conflictos en el ámbito familiar. Por ello, nos pide implicación por parte del Colegio y los Letrados para aceptar dichas derivaciones, pues sólo se harán efectivas si ambas partes lo piden de mutuo acuerdo.

Respecto al funcionamiento del servicio, indicaros que:

  1. La derivación a mediación no suspende el procedimiento excepto que ambas partes así lo soliciten de mutuo acuerdo.
  2. Los acuerdos adoptados pueden ser totales o parciales.
  3. Una vez adoptado el acuerdo entre las partes, serán los Letrados quienes le den forma jurídica y lo remitan al Juzgado para su convalidación dentro del mismo procedimiento.

Remitimos información sobre el Convenio de Mediación Familiar Intrajudicial firmado por el Colegio, al que podéis inscribiros todos los colegiados/as mediadores/as que cumpláis los requisitos exigidos para ello.

Cualquier duda que os surja estamos a vuestra disposición en la Secretaría del Colegio.

COLEGIADOS

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